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blackwar

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Re:Situación en tienda física
« Respuesta #15 en: 29 de Enero de 2019, 22:31:59 »
Por ley, como consumidor, tienes un plazo de 14 días para devolver el producto y que te  devuelvan tu dinero. Lo de los vales es una práctica abusiva generalizada con la que la gente normalmente suele contentarse. Si no es tu caso pide tu dinero. Se niegan, hoja de reclamación.

natx17

Re:Situación en tienda física
« Respuesta #16 en: 29 de Enero de 2019, 23:05:50 »
Por ley, como consumidor, tienes un plazo de 14 días para devolver el producto y que te  devuelvan tu dinero. Lo de los vales es una práctica abusiva generalizada con la que la gente normalmente suele contentarse. Si no es tu caso pide tu dinero. Se niegan, hoja de reclamación.

Ojo, los 14 dias solo es en venta online o por catalogo.

En tiensa fisicasolo en caso de vicio oculto.

blackwar

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Re:Situación en tienda física
« Respuesta #17 en: 29 de Enero de 2019, 23:20:43 »
No estoy de acuerdo. El derecho a devolución se tiene también en tienda física para la mayoría de los productos. Suelen estar restringidos para productos de fácil copia y reproducción: CDs, películas, libros, etc...en estos casos solo te lo descambian por otro si el primero está defectuoso

natx17

Re:Situación en tienda física
« Respuesta #18 en: 29 de Enero de 2019, 23:52:45 »
No, si no se trata de que estés de acuerdo o no, se trata de lo que pone la ley.


blackwar

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Re:Situación en tienda física
« Respuesta #19 en: 30 de Enero de 2019, 01:04:12 »
Exactamente y la ley dice lo que yo digo   :-[ 8)
Por lo menos los artículos 68 y siguientes de la ley general de defensa de consumidores y usuarios

sturrupipa

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Re:Situación en tienda física
« Respuesta #20 en: 30 de Enero de 2019, 06:51:26 »
Qué tienda es? Para saber dónde no ir...

Enviado desde mi Redmi Note 4 mediante Tapatalk


edhel

Re:Situación en tienda física
« Respuesta #21 en: 30 de Enero de 2019, 07:35:34 »
Exactamente y la ley dice lo que yo digo   :-[ 8)
Por lo menos los artículos 68 y siguientes de la ley general de defensa de consumidores y usuarios
Me temo que no, lo que dice el compañero natx17 es así.

Tenemos la idea de que nos tienen que devolver el dinero y eso no es así. Solo lo es si ellos libremente ponen esa condición antes de vender.

Pero si no.... nones.

Solo comercio online, 14 días.

Enviado desde mi F8331 mediante Tapatalk
« Última modificación: 30 de Enero de 2019, 07:42:49 por edhel »
"La imaginación, no la inteligencia, es lo que nos hace humanos." .- Terry Pratchett

natx17

Re:Situación en tienda física
« Respuesta #22 en: 30 de Enero de 2019, 07:57:32 »
Exactamente y la ley dice lo que yo digo   :-[ 8)
Por lo menos los artículos 68 y siguientes de la ley general de defensa de consumidores y usuarios


Leela con detalle, por favir.

Dice que el desistimiento funcionará en lo casos previstos legal o reglamentariamente. Que es en caso de comercio online.
« Última modificación: 30 de Enero de 2019, 08:01:32 por natx17 »

Borja

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Re:Situación en tienda física
« Respuesta #23 en: 30 de Enero de 2019, 08:00:15 »
Por cosas así es por lo que compro cada vez más cosas en Amazon.
Una maravilla.


Para trato personal y esas cosas ya tengo el mercado y la tienda de comics.

Geri

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Re:Situación en tienda física
« Respuesta #24 en: 30 de Enero de 2019, 10:19:03 »
Muchísimas gracias a tod@s por las respuestas.
El caso es que creo que no estoy exigiendo nada que pueda parecer abusivo, solamente tiempo para que reciban los juegos que he solicitado. Volveré a la tienda para exponerles más claramente la situación (de buenas, claro) y si hace falta me remito a la ley (aun siendo algo confusa).
De todas formas lo que ha comentado algun@, si se niegan lo más sano es pillar otra cosa y no volver más (ya os informaría de la tienda para evitaros pasar por esta situación).

De nuevo, muchas gracias y quien quiera seguir dando su opinión en un sentido u otro es bienvenid@!

blackwar

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Re:Situación en tienda física
« Respuesta #25 en: 30 de Enero de 2019, 10:33:33 »
Artículo 68. Contenido y régimen del derecho de desistimiento.
1. El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.
Serán nulas de pleno de derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento.
2. El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.
3. El derecho de desistimiento atribuido legalmente al consumidor y usuario se regirá en primer término por las disposiciones legales que lo establezcan en cada caso y en su defecto por lo dispuesto en este Título.

Artículo
 74. Consecuencias del ejercicio del derecho de desistimiento.
1. Ejercido el derecho de desistimiento, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.303 y 1.308 del Código Civil.
2. El consumidor y usuario no tendrá que rembolsar cantidad alguna por la disminución del valor del bien, que sea consecuencia de su uso conforme a lo pactado o a su naturaleza, o por el uso del servicio.
3. El consumidor y usuario tendrá derecho al rembolso de los gastos necesarios y útiles que hubiera realizado en el bien.
4. En caso de que el usuario incumpla el compromiso de permanencia adquirido con la empresa, la penalización por baja, o cese prematuro de la relación contractual, será proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordado.

Artículo 76. Devolución de sumas percibidas por el empresario.
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse sin demoras indebidas y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 14 días naturales desde la fecha en que haya sido informado de la decisión de desistimiento del contrato por el consumidor y usuario.
Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.
Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.


Yo creo que con estos argumentos basta. Ahora decidme dónde pone que esto es solo para ventas por Internet...De verdad, creo que no lleváis razón, y lo que más me sorprende es que la gente no sepa que en tiendas físicas se tiene el derecho a recuperar el dinero...

natx17

Re:Situación en tienda física
« Respuesta #26 en: 30 de Enero de 2019, 11:36:27 »
Artículo 68. Contenido y régimen del derecho de desistimiento.
1. El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.
Serán nulas de pleno de derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento.
2. El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.
3. El derecho de desistimiento atribuido legalmente al consumidor y usuario se regirá en primer término por las disposiciones legales que lo establezcan en cada caso y en su defecto por lo dispuesto en este Título.

Artículo
 74. Consecuencias del ejercicio del derecho de desistimiento.
1. Ejercido el derecho de desistimiento, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.303 y 1.308 del Código Civil.
2. El consumidor y usuario no tendrá que rembolsar cantidad alguna por la disminución del valor del bien, que sea consecuencia de su uso conforme a lo pactado o a su naturaleza, o por el uso del servicio.
3. El consumidor y usuario tendrá derecho al rembolso de los gastos necesarios y útiles que hubiera realizado en el bien.
4. En caso de que el usuario incumpla el compromiso de permanencia adquirido con la empresa, la penalización por baja, o cese prematuro de la relación contractual, será proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordado.

Artículo 76. Devolución de sumas percibidas por el empresario.
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse sin demoras indebidas y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 14 días naturales desde la fecha en que haya sido informado de la decisión de desistimiento del contrato por el consumidor y usuario.
Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.
Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.


Yo creo que con estos argumentos basta. Ahora decidme dónde pone que esto es solo para ventas por Internet...De verdad, creo que no lleváis razón, y lo que más me sorprende es que la gente no sepa que en tiendas físicas se tiene el derecho a recuperar el dinero...

Te está definiendo el derecho de desistimiento. No te lo está concediendo sin más.

El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.

Es decir, no es un derecho general, sino que solo existe cuando:

a) una ley lo reconoce expresamente
b) la propia tienda te lo da, como Zara o el Corte Inglés

Absolutamente NADA de lo que has pegado de la LGCU incluye que se tenga derecho de desistimiento al realizar una compra. Repito, te define el desistimiento pero no te lo "concede".

Donde sí se recoge ese derecho es en la Directiva 2011/83, pero exclusivamente para el comercio online o similar y con excepciones como artículos a medida, DVDs, reservas de hotel..., por lo que se dictó la Ley 3/2014, que modificó en muchos aspectos la LGCU.

La propia ley refuerza este concepto cuando utiliza expresiones como Cuando exista un derecho de desistimiento, las condiciones, el plazo y los procedimientos para ejercer ese derecho, así como el modelo de formulario de desistimiento.. Y, posteriormente, regula el derecho de desistimiento DENTRO del capítulo referido a las ventas a distancia ("Información precontractual y contratos").

https://www.boe.es/eli/es/l/2014/03/27/3

https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2007/11/16/1/con

blackwar

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Re:Situación en tienda física
« Respuesta #27 en: 30 de Enero de 2019, 12:02:26 »
Qué no lo concede? Y la remisión a los artículos 1303 y 1308 del código civil qué es?

Y ya lo dejo aquí. No hay más ciego que el que no lo quiere ver.
Pero que la gente lo sepa. Que si devuelven algo en una tienda física tienen derecho a su dinero y no a un vale aunque la gente suela conformarse con éste.

natx17

Re:Situación en tienda física
« Respuesta #28 en: 30 de Enero de 2019, 12:07:22 »
Qué no lo concede? Y la remisión a los artículos 1303 y 1308 del código civil qué es?

Y ya lo dejo aquí. No hay más ciego que el que no lo quiere ver.
Pero que la gente lo sepa. Que si devuelven algo en una tienda física tienen derecho a su dinero y no a un vale aunque la gente suela conformarse con éste.

Ejercido el derecho de desistimiento, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.303 y 1.308 del Código Civil.

Si se ejerce. Solo si se ejerce.

La siguiente consulta ya te la cobro.

Saludos.

Geri

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Re:Situación en tienda física
« Respuesta #29 en: 30 de Enero de 2019, 19:46:03 »
Qué no lo concede? Y la remisión a los artículos 1303 y 1308 del código civil qué es?

Y ya lo dejo aquí. No hay más ciego que el que no lo quiere ver.
Pero que la gente lo sepa. Que si devuelven algo en una tienda física tienen derecho a su dinero y no a un vale aunque la gente suela conformarse con éste.

Ejercido el derecho de desistimiento, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.303 y 1.308 del Código Civil.

Si se ejerce. Solo si se ejerce.

La siguiente consulta ya te la cobro.

Saludos.

Insisto, muchas gracias a tod@s por aportar, pero en estos términos jurídicos me pierdo... Al final qué puedo reclamar?? ;D