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Etiquetas: ayuda de juego 

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Dingolon

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CAPITOL
« en: 19 de Marzo de 2007, 14:21:48 »
Podéis encontrar una ayuda de juego para Capitol en esta dirección http://www.boardgamegeek.com/fileinfo.php?fileid=22926
Espero que os sea de ayuda.
Artículo 1798 del Código Civil. La ley no concede acción para reclamar lo que se gana en juego de suerte, envite o azar; pero el que pierde no puede repetir lo que haya pagado voluntariamente, a no ser que hubiese mediado dolo, o que fuera menor, o estuviera inhabilitado para administrar sus bienes.