Ya, pero si es un edificio del Contratista (ayuntamiento), no puede venir alguien y venderlo para echar mi ficha de allí ¿no?. ¿como se obligaría a liberar esos edificos del Contratista y de las Constructoras si no se pueden vender mientras son del Ayuntamiento?
Después de leerme las reglas, de leerme las 8 pàginas de dudas y sin haber jugado nunca , aún, tengo alguna duda que resolver.1-Cuando un jugador usa alguna de las 2 cartas de Constructora o la de Contratista, entrando en esos edificios y colocando una ficha suya...¿la retira voluntariamente? ¿si no quiere retirarla, está bloqueando esa carta? ¿en este caso, cómo se puede obligar a desbloquearla? (dado que es una carta del Ayuntamiento no se puede vender para "limpiar"la carta de las fichas que haya, ¿no?)
2- He leído en alguna respuesta de las 8 páginas de dudas, una afirmación que me provoca un lío...Se supone que entre las 2 posibles acciones principales, una es la de tomar todas las mercancias de una de las 7 casillas de ofertas y la otra es la de usar algún edificio o del ayuntamiento o de otro jugador o propio. Bien, lo que leí que me confunde, es que se afirmaba que al usar alguno de los edificios en esta acción principal, no había que colocar una ficha en ese edificio, por parte del que lo usa. ¿esto es correcto?
Los barcos de arriba de cada pila siempre se podrán construir entrando en un astillero o compralos simplemente.Lo único que no puedes hacer es comprar o construir un barco que no es el primero de su pila.
2.1
Cuando un jugador usa la inmobiliaria para construir 2 edificios en su turno, ¿puede construir el edificio de la parte superior de una columna y a continuación el edificio superior de la misma columna, (osea, dos edificios de la misma columna) [...]?
Wkr, buen apunte este ultimo con lo de la loseta numero 8 "virtual". Creo que acabo de coger el concepto y me he dado cuenta que estaba un poco obcecado , pues ahora lo entiendo perfectamente.Joer, que duda mas tonta y la que he liao en un momento Muchas gracias a todos.