Tengo otra duda que se me presenta a menudo. Voy a hacer un registro a tal habitación, para lo cual tengo que mover a un guardia a su interior, pero en la puerta hay un prisionero. No puedo arrestarlo y no puedo atravesarlo. ¿Qué hago? ¿Me aguanto? Lo lógico sería que si un guardia llega en plan "voy a registrar este cuarto" no creo que ningún prisionero se ponga en la puerta en plan Gandalf en el puente de Khazad-dûm, por lo que se apartaría, ¿no?
pues usando la lógica, yo SÍ que veo que el guardia alemán atraviese las habitaciones en caso de fuga. faltaría más!así que en mis partidas, el punto 5), SÍ que se puede.
claro que es una fuga. ningún prisionero puede estar en el patio de la guarnición. tienen que estar en el patio interior o habitaciones.
en mi caso, SÍ que puede entrar en habitaciones en caso de fuga... que son los guardias! cómo no van a poder entrar?... no podran entrar si no hay motivos, pero si hay una fuga o registro, pues claro que sí.no entiendo eso de que no ven al preso fugarse. pues claro que los guardias lo ven fugarse... para eso estan los del exterior que darían la alarma.está claro que en este juego cada uno hace uso de las reglas y las interpreta como quiere.yo particularmente, en caso de dudas por lo mal que está redactado el reglamento oficial, intento que se adapte a lo que sería la lógica y la realidad tanto como sea posible.
Eso lo entiendo, pero entonces por qué en otra parte de las reglas pone lo de... "Guardias. Los guardias se pueden mover libremente por el tablero, pero no pueden entrar en las Habitaciones (excepto en los registros y recuentos) ni en los Escondites. Tampoco pueden bloquear las entradas a las Habitaciones y no deben impedir el movimiento de los prisioneros permaneciendo en los pasillos fuera de su turno."¿Se entiende la duda?Gracias.