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Mensajes - queroscia

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Reglamentos / Re:Tiendas que "roban" manuales traducidos.
« en: 23 de Abril de 2024, 14:43:16  »

Con todo el respeto, creo que algunos de los conceptos de este análisis están bastante desfasados, en especial en lo referente al ánimo de lucro.

Ya desde 2015, la nueva redacción del Código Penal (art.270), ha sustituido, en los delitos de propiedad intelectual, el "ánimo de lucro" por el ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto . Lo mismo ha sucedido con la Ley de Propiedad Intelectual (art.19, entre otros), que sustituye el ánimo de lucro por la misma expresión.

Era un concepto que anteriormente no era pacífico, pues las soluciones jurisprudenciales al alcance del ánimo de lucro no eran homogéneas. Con la reforma del 2015, se eliminaron las diferentes corrientes de pensamiento sobre el mismo, y se simplificaba la determinación de cuándo existía ánimo de lucro.

A partir de entonces, no es necesario el querer "ganar dinero" con un acto concreto (en este caso, colgar las reglas traducidas), si no que basta con que la tienda se beneficie de modo tangencial para que ya exista el ánimo que requiere tanto el CP como la LPI.

Como me resulta obvio que tienes conocimientos jurídicos, aclaro que he citado el ánimo de lucro porque es la expresión que se ha empleado en este hilo desde los primeros mensajes. En efecto, la ley de propiedad intelectual habla de beneficio directo o indirecto.

Creo que es bastante claro que, colgando las reglas traducidas sin permiso en el mismo lugar en que se vende un juego, el beneficio indirecto es claro, pues permite que los usuarios que no saben inglés no se "descuelguen" de una eventual venta.

Volviendo al hecho de que te hago por alguien versado en derecho, yo no me atrevería a afirmar tanto, así como tampoco a negarlo, por supuesto. Este es el típico caso que llevas a un juzgado y obtienes sentencias contradictorias según el juzgado que te toque, incluso en la misma ciudad; no digamos ya entre distintos sitios. Son los jueces los que interpretan la ley y los hechos, y los que deciden si existe ese beneficio o no. Eso no obsta para que tengas tu propia opinión, faltaría más. Y sobre el particular que nos ocupa, estoy razonablemente seguro que no existe ninguna jurisprudencia.

En cuanto a si el haberlo subido a un sitio como la BGG supone que castrol pierda el derecho de controlar la distribución de su traducción, o el hecho de no tener permiso directo de la editorial, también me posiciono en contra de esta visión.

En primer lugar, el derecho moral a que se reconozca su autoría no es un derecho disponible, por lo que no sería válida la renuncia al mismo. Es decir, que si castrol se pone a repartir por el metro ejemplares de su tradicción diciendo que es gratis y que se haga lo que se quiera con ella, no faculta a nadie a eliminar la mención a su autoría. Son los llamados "derechos de paternidad" sobre una obra intelectual.

No he dicho ni siquiera insinuado eso en ningún momento. De hecho, tanto es así que le he dicho a castrol que puede exigir a la tienda que no use su traducción. En resumen, que en esto estamos del todo de acuerdo.

Y en cuanto a si castrol no tiene permiso de la editorial, puede decirse, en mi opinión, que existe una tolerancia de las editoriales por permitir que los usuarios suban, de forma pública, traducciones de sus reglamentos a la BGG u otros sitios.

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Reglamentos / Re:Tiendas que "roban" manuales traducidos.
« en: 23 de Abril de 2024, 14:31:19  »

¡¡¡Y vuelvo a repetir, se está consiguiendo que los jugadores que aportamos traducciones ya sean manuales, hojas de ayuda, etc., se nos quiten las ganas de compartir. Es molesto ver que buitres carroñeros tratan de obtener beneficio de algo que no les pertence!!!

Creo que están consiguiendo que castrol deje de hacerlo, no que dejen de hacerlo los demás jugadores que traducimos, creamos resúmenes, otras ayudas de juego, etc. Yo no me siento soliviantado por que usen o dejen de usar mis trabajos hechos para compartir. Pero entiendo tu sentimiento, que quede claro. Solo digo que lo que sientes tú no tiene por qué sentirlo otra persona.

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Reglamentos / Re:Tiendas que "roban" manuales traducidos.
« en: 23 de Abril de 2024, 09:47:20  »
...No sé dónde compartes tus reglamentos, pero al final ¿qué más da si el aficionado se lo baja de la bsk, de la bgg o de una tienda?...

Los comparto en la BGG.
Repito, no tengo problemas en compartir, siempre y cuando alguien no se aproveche para beneficio propio. En este caso una tienda obliga al registro en su web para acceder al reglamento. Me pasó algo parecido aquí en BSK, alguien se apoderó del manual y tenía que hacer patreon en su web para acceder al manual.

Con todo el cariño, que ya he dicho que solo trato de ser ecuánime: para descargarte cualquier cosa en la bgg también te obligan a estar registrado.

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Reglamentos / Re:Tiendas que "roban" manuales traducidos.
« en: 23 de Abril de 2024, 09:39:11  »
Me gustaría que quedara claro que yo no estoy posicionándome de un lado ni de otro, sino que intento explicar lo más asépticamente posible lo que dice la ley al respecto.

Los derechos de autor por una traducción son del autor de la traducción desde el mismo instante en que se produce dicha traducción; ergo en este caso pertenecen a castrol.

Art. 1 de la Ley de Propiedad Intelectual
La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.

Por lo tanto, no es necesario ni siquiera registrarlas en ningún sitio (aunque eso suele evitar quebraderos de cabeza, pero hablamos de autores de gran reconocimiento, no de un aficionado que dedica parte de su tiempo a traducir unos juegos para que un conjunto de personas se beneficie). Con todo, es irrefutable el hecho de que los derechos pertenecen a castrol por la simple creación de la traducción.

Mucho se habla del ánimo de lucro, pero una cosa es el lenguaje que empleemos entre nosotros, «en la calle», por así decirlo, y otro el que se emplea en un juzgado. Hasta donde he entendido, la tienda de la discordia se ha bajado las reglas de uno o más juegos traducidos por castrol del sitio en el que cualquiera de nosotros puede descargarse esas reglas, y castrol, en tanto autor, no ha explicitado ninguna resstricción a esas descargas, haciendo pública su creación.

Art. 4 de la Ley de Propiedad Intelectual
A efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se entiende por divulgación de una obra toda expresión de la misma que, con el consentimiento del autor, la haga accesible por primera vez al público en cualquier forma; y por publicación, la divulgación que se realice mediante la puesta a disposición del público de un número de ejemplares de la obra que satisfaga razonablemente sus necesidades estimadas de acuerdo con la naturaleza y finalidad de la misma.

Y por si no quedara suficientemente claro, el art. 14 de la citada ley:
Sin perjuicio de los derechos de autor sobre la obra original, también son objeto de propiedad intelectual:

1.º Las traducciones y adaptaciones.


Por lo tanto, no hay discusión posible sobre los derechos generados en favor de castrol desde el mismo instante en que realizó la traducción. Ahora bien, y tratando de ser ecuánimes, si castrol maquetó la traducción (lo ignoro), podría estar vulnerando los derechos de autor de los ilustradores, como poco.

Art. 14 de la Ley de Propiedad Intelectual
Corresponden al autor los siguientes derechos irrenunciables e inalienables:

1.º Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma.
2.º Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo, o anónimamente.
3.º Exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra.
4.º Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación.
5.º Modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de protección de bienes de interés cultural.
6.º Retirar la obra del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de derechos de explotación.


Puesto que lo que dice el artículo precedente son derechos y no obligaciones, castrol puede exigirlos, cuando proceda, si así lo desea. Pero él subió su traducción a un sitio público sin ejercer ninguno de estos derechos.

Art. 17 de la Ley de Propiedad Intelectual
Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley.

Los dos artículos siguientes vienen a decir qué es la reproducción y la distribución, que es lo que vendría haciendo la tienda que dice castrol al utilizar sus traducciones: reproducirlas y distribuirlas. Sin embargo, de momento no queda acreditado por ley que esa distribución sea ilegítima y, mucho menos, con ánimo de lucro.

Para el que quiera profundizar en el ánimo de lucro, dejo enlace al Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, de la RAE: https://dpej.rae.es/lema/%C3%A1nimo-de-lucro

Hasta donde sabemos, la tienda vende el juego que castrol ha traducido y, cada vez que se produce una venta del juego, estos proporcionan la posibilidad de que el cliente tenga una copia de la traducción de castrol, bien sea mediante descarga o bien sea mediante impresión del documento, enviado con el juego. Luego el ánimo de lucro es, jurídicamente hablando, harto discutible. Y también sería útil conocer si el enlace de descarga produce una descarga directa desde la tienda o bien enlaza con la web donde castrol tiene alojada su traducción, ya sea la bsk, la bgg o cualquier otro sitio.

Art. 20 de la Ley de Propiedad Intelectual
1. Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas.

No se considerará pública la comunicación cuando se celebre dentro de un ámbito estrictamente doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión de cualquier tipo.

2. Especialmente, son actos de comunicación pública:

e) La transmisión de cualesquiera obras al público por hilo, cable, fibra óptica u otro procedimiento análogo, sea o no mediante abono.


Así pues, parece que castrol ha realizado una comunicación pública de su creación.

Llegados a este punto, se abre una maraña de posibilidades entre los derechos que nunca pierde castrol sobre su creación, puesto que no es lo mismo la comunicación pública (que nos ocupa aquí) con el dominio público (que no es el caso).

Una vez explicados a grandes rasgos los aspectos que más importan en este hilo sobre la propiedad intelectual, insisto en que castrol no limitó explícitamente ninguno de sus derechos. Y alojó su traducción en un lugar público. No habiendo ánimo de lucro (es mi opinión y está fundamentada arriba), no parece que haya vulneración de los derechos de autor de castrol, puesto que no se está modificando su obra, sino simplemente se distribuye desde otro sitio web distinto al original que usó castrol.

Como cualquier otro asunto jurídico, la complejidad es enorme y solo un juez puede interpretar la ley para determinar si se han vulnerado o no los derechos de autor de castrol. Ahora bien, mucho más sencillo y menos costoso que meterse en juicios es, simplemente, mandar un burofax a la empresa en cuestión diciendo que, como poseedor de los derechos de autor, no autorizas a que la web disponga de ningún tipo de acceso para compartir esa obra de su creación, de la que tiene plenos derechos. Y la tienda tiene la obligación de retirar el enlace de descarga.

Con todo este tocho solo espero haber contribuido a despejar dudas y a ayudar, en lo que se pueda, tanto a castrol como a cualquier otro que se haya podido ver en situaciones similares.

Para terminar, insisto: yo no veo el problema en ningún sitio en que las tiendas en línea puedan usar nuestras traducciones fan made para sus clientes, que no dejan de ser, a fin de cuentas, nuestros mismos compañeros. Salvo, claro está, que castrol o cualquier otro tenga algún tipo de relación tirante con la tienda o tiendas en cuestión y no le dé la gana de que ellos usen sus creaciones. En ese caso, como ya se ha incidido, castrol tiene todo el derecho a exigir la retirada de los enlaces de descarga, pero debe hacerlo explícitamente para no dejar lugar a ningún género de dudas.

Confío en haber arrojado un poco de luz y haber ayudado.

Enrique Trigueros.

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Reglamentos / Re:Tiendas que "roban" manuales traducidos.
« en: 22 de Abril de 2024, 21:28:02  »
He traducido algunos manuales y los he compartido para el resto de jugadores que necesiten de ellos. Lo que no tolero es que una tienda de ventas de juegos muy conocida se apodere de dichos manuales haciéndolos suyos, publicándolos en su propia web con el juego que venden, con un enlace de descarga y encima que se tenga que registrar para acceder al manual.

Espero que los buitres carroñeros que hacen esto se den por aludidos y no saquen tajada del trabajo de otros.


El derecho intelectual de la traducción te pertenece, por lo que puedes poner en la propia traducción el uso que permites y el que no. Si lo compartes en un sitio público con acceso a su descarga sin más, las tiendas que usen tus traducciones no están haciendo nada ilegítimo. Pero sí puedes poner, si ese es tu deseo, que queda expresamente prohibido que las tiendas compartan esos archivos en sus webs, o exigir que citen tu autoría, o cualquier cosa así.

Dicho lo cual, en mi opinión: si lo que buscas es compartir con los aficionados tus traducciones, los aficionados tienen que comprar los juegos en algún sitio, ¿no? No sé dónde compartes tus reglamentos, pero al final ¿qué más da si el aficionado se lo baja de la bsk, de la bgg o de una tienda?
Repito, esto último es solo una opinión personal.

Saludos y gracias por compartir tus traducciones (aunque no las conozco, que yo sepa).

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Consultas de compras en tiendas / Re:Problema MUY SERIO con una tienda
« en: 22 de Abril de 2024, 14:53:05  »
Otro cambio de manos que va a mal. Y otra empresa que no sabe llevar los pedidos, el stock, ni las devoluciones de dinero estafando a los clientes. Otra EGDgames, vamos. Ahora en proceso de cambiar el nombre a meepledin para borrar el pasado y todas sus estafas y robos de dinero. Y precisamente otra que esta en Cadiz. Menuda fama que estan cogiendo las tiendas de alli. Como para fiarse de ninguna.

El comentario resaltado está del todo fuera de lugar. Muestra todas tus indignaciones, pero no metas en el saco de los que tú mismo llamas estafadores a todos los gaditanos. Eso solo muestra una clara intolerancia y xenofobia que no es aceptable bajo ningún concepto en el foro.

Un solo comentario más de este tipo y serás propuesto para expulsión.


NOTA: el comentario de herosilence ya ha sido moderado. Si algún otro usuario entra al trapo también será propuesto para expulsión por buscar crear mal ambiente.

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Consultas de compras en tiendas / Re:Problema MUY SERIO con una tienda
« en: 22 de Abril de 2024, 11:02:00  »
Yo en estos casos procuro evitar la "amenaza" hasta mucho más tarde. Generalmente se consigue más de buenas maneras, aunque te arda la sangre.

Primero trataría de contactar vía telefónica (aunque algunas webs no te lo permiten); si no es posible, volvería a escribirles, explicando que ya han pasado los plazos, que qué ha sucedido y bla bla bla. A ver qué te dicen. Y semanalmente, como mucho, iría preguntando si ya han hecho la devolución.

Creo que muchas veces esos plazos los dan para conseguir ese dinero que no tienen en ese momento disponible (hablas de 400 euros). Eso es culpa de ellos, por supuesto, pero insisto en que yo, en tu caso, estaría mucho más interesado en un final a mi satisfacción que meterme en querellas.

Sobre denunciar en consumo sí; sobre hacerlo en Policía Nacional, dudo que te sirva de mucho. La carga de la prueba recae en ti (en otras palabras, debes demostrar la intención de estafar, y eso es harto difícil. Además, 400 euros es justo el límite para considerarlo delito, y la jurisprudencia en muchísimas ocasiones necesita más actos delictivos continuados para condenar por este tipo de delitos, más que un hecho aislado. Si fueras a juicio te ibas a gastar más en abogado que lo que te deben.

Siendo, según tus palabras, una tienda conocida, yo iría por el camino de hablar con ellos, insistiendo lo necesario. La política de devolución me resulta familiar, y si son los que yo pienso que son, son más dejados que mala gente. Insiste, pero no pierdas los papeles, que para subir la apuesta siempre estás a tiempo.

Quede claro que esto todo es lo que haría yo, y que tú tienes que decidir lo que tú creas conveniente que es mejor para tus intereses, que aquí ninguno sabemos mejor que tú la situación.

Suerte, en todo caso, y que se resuelva todo pronto y bien.

Edito: viendo que hablas de minis, quizá no sea la tienda que yo pensaba, pero el planteamiento es el mismo.

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Reglamentos / Re:Manual de reglas del 1829 y el 1829 Northern Board
« en: 10 de Abril de 2024, 22:50:44  »
Busco las reglas del 1829 y del 1829 Northem Board.

No las encuentro. Álguien las podria pasar? Necesitaria el pdf y en inglés ya me va bien.

Gràcias!!

Mucho me temo que no las vas a encontrar por aquí. Son francamente difíciles de conseguir en ningún sitio. A ver si me acuerdo y pregunto en un foro donde están todos los dinosaurios de la old school, a ver si hay suerte.

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Novedades / Actualidad / Re:Nueva expansión para Gaia Project - Portals
« en: 10 de Abril de 2024, 08:23:46  »
Después de más de treinta partidas solo el verano que me lo compré, creo que habrá que estar atentos a esta expansión, a ver si le da algo interesante para alargar (aún más, si cabe) la vida del juego.

Prefiero esto a comprar Age of Innovation (que poco innova, por cierto) o cualquier otro pseudo terra mystica.

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Novedades / Actualidad / Re:18ESP ¡Próximo lanzamiento en Kickstarter!
« en: 09 de Abril de 2024, 13:19:43  »

Querido Enrique, ¿cómo valoras la campaña?¿Esperabais más o estáis contentos?

Un saludo.

Buena pregunta. Hasta hace poco yo era conocido en la bsk y poco más. Ahora mucha gente (aunque sea solo del mundo 18xx) me conoce en España, Estados Unidos, Alemania, Austria, Japón y muchos otros países. La campaña recaudó casi 40,000 y es más que las dos últimas campañas de Lonny Orgler (aunque menos mecenas, puesto que el precio de 18ESP es el más caro que ha sacado hasta el momento), así que yo solo puedo estar contento y agradecido. Sin ningún género de dudas.

¿Soñaba con un éxito aún mayor? Pues sí, para qué negarlo, claro que me habría gustado alcanzar 60,000 o más. Pero, honestamente, solo por satisfacción personal. Yo tengo un contrato de autor con Lonny Orgler; no somos socios en esto al 50% aunque el juego lo hayamos diseñado juntos. Así que esto nunca fue para mí una cuestión de dinero, sino de reconocimiento de haber hecho un buen juego. Y más mecenas significa más reconocimiento. Además, los dos siguientes stretch goals que venían y no se desbloquearon eran francamente chulos. Pero no ha podido ser. Aun así, yo estaba un poco rallado durante la campaña, que tuvo muchos días muy lentos, pero sobre todo porque quería que saliera el libro de juego (que me parece que está francamente bien), pero Lonny al final ha decidido incluirlo, y no solo eso, sino también la variante a dos jugadores. Así que el juego va a salir como yo soñaba que saliera. Por lo tanto, no puedo estar más contento.

Además, viendo la respuesta de los que lo están jugando, parece que el juego realmente gusta. Dicho lo cual, ahí sí que voy a ser prudente y voy a dejar que el tiempo y los jugadores, que son los que realmente tienen la última palabra, pongan el juego donde le corresponda estar.

Por su parte, me consta que Lonny Orgler está también muy contento. Ahora solo deseo de corazón que todos los que han apoyado este proyecto estén igualmente contentos. Sé que el juego no le gustará a todo el mundo, pero pienso que hay un verdadero trabajo detrás que hace de este juego un muy buen juego. Así que, gustos aparte, los que gusten de él podrán disfrutar de lo que, para mí, es un muy buen título en el mar de 18xx que se ha creado en los últimos años, máxime con la inundación de juegos con que AAG está llenando el mercado, año a año y de cinco en cinco.

Por eso creo que ahora es el momento de los jugadores de decidir qué juegos valen la pena y cuáles no, incluido el 18ESP.

Espero haber respondido a tus dudas. En todo caso, sigo aquí para cualquier cosa que quiera preguntar quien sea.

Muchas gracias por tu interés.

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Novedades / Actualidad / Re:18ESP ¡Próximo lanzamiento en Kickstarter!
« en: 09 de Abril de 2024, 12:35:36  »
Hola de nuevo. ¿Está ya decidido el tamaño de las cartas pequeñas (acciones y trenes)? Gracias.

Buenas:

Pues todo lo referente a diseño no depende de mí, sino de Lonny Orgler. Pero estoy seguro de que será el mismo tamaño que haya utilizado en sus últimos juegos.

De todos modos, igual me equivoco, pero me da la sensación de que la pregunta es con el fin de enfundar. Si es por eso, te diría que no te preocuparas: aún no he visto ni un solo 18xx enfundado (al menos, que recuerde). Te puedo asegurar sin temor que no necesitan enfundarse. El 18xx al que más le he dado en mesa llevará unas 15-20 partidas y está impecable, como nuevo.

Si es otro el motivo y sigues queriéndolo saber me lo dices e intento averiguarlo, pero ya te adelanto que no son tamaños estándar de fundas.

Enrique.

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Novedades / Actualidad / Re:18ESP ¡Próximo lanzamiento en Kickstarter!
« en: 05 de Abril de 2024, 00:45:14  »
Hola de nuevo. ¿Está ya decidido el tamaño de las cartas pequeñas (acciones y trenes)? Gracias.

Buenas:

Por favor, recuérdamelo el martes, que estoy en unas jornadas 18xx en Asturias.

Gracias.

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Subiendo un peldaño añado Watergate (sobre todo si os interesa el escándalo).

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Novedades / Actualidad / Re:18ESP ¡Próximo lanzamiento en Kickstarter!
« en: 19 de Marzo de 2024, 23:34:42  »
Otra pregunta para Enrique, al hilo de la cantidad de fichas recomendada. Para jugar a 3-4 jugadores, ¿puede ser suficiente con un set de 60x(1+5+20) + 40x100 +20x500, o con ese conjunto tendría que estar cambiando en el banco todo el tiempo? Lo pregunto porque estoy pensando en hacerle un pedido al compañero de las minifichas de póker y no sé si intentar estirar el presupuesto para que el set me valga para 18XX "pequeños" tipo 18Chesapeake o Shikoku 1889 y "medianos"  tipo este 18ESP, o si encargar un set más pequeño de 160 o 180 fichas máximo para el resto de juegos económicos de mi colección.
Gracias de antemano.

Edito: me han respondido en la BGG que sí sería adecuado para un 18Chesapeake o un Shikoku; me faltaría saber si sería no sé si adecuado pero al menos suficiente para el 18ESP.

Yo creo que sí es suficiente con esas fichas. Quizá yo añadiría algunas de 50, pero no creo que sea imprescindible.

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Yo lo que veo continuamente son grandes imagenes ejemplizando las opciones logicas y la mas compleja y que es la que ofrece duda no viene explicada.  Como en el Nucleum sin ir muy lejos.

Sí, lo de los ejemplos es otra. Parece que les den alergia.

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