Si el contrato firmado de la novela está bien hecho, lo pondrá claramente en el apartado "obras derivadas". Sobre la contraprestación, lo mismo, estará indicado. Así que, normalmente tiene potestad la editorial, bajo consentimiento o aprobación del autor de la obra.
Si no aparece explícitamente habrá que firmar un nuevo contrato por la nueva obra (en este caso el juego de mesa). O, si es posible, añadir una adenda sobre el reparto de royalties.
Por ejemplo: El autor de la novela percibirá x, el autor del juego y, y la editorial z el AUTOR iguales a un porcentaje del precio neto de venta por cada ejemplar vendido (impuestos y descuentos a terceros excluidos).
Mi consejo es que antes de hacer nada, firmes un contrato por escrito que esté todo claro y meridiano. Para no llevarte sorpresas.