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Wkr

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Crowdfunding y fiscalidad
« en: 25 de Septiembre de 2013, 00:21:10 »
Crowdfunding, y el socio inesperado: Hacienda
http://angelmariagarcia.es/crowdfunding-y-el-socio-inesperado-hacienda/

Modelo 171
http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/modelo-171-movimientos-de-cobros-y-pagos-en-cuentas-corrientes

El IVA en los proyectos de «crowdfunding»
http://jenesaispop.com/2012/11/29/como-decidir-tu-presupuesto-de-crowdfunding/

Crowdfunding y fiscalidad
http://www.burbuja.info/inmobiliaria/emprendedores/454268-crowdfunding-y-fiscalidad.html

¿Qué tratamiento fiscal tenemos que dar a las recompensas que vamos a ofrecer a los micromecenas por su apoyo?
http://www.solucionesong.org/consulta/que-tratamiento-fiscal-tenemos-que-dar-a-las-recompensas-que-vamos-a-ofrecer-a-los-micromecenas-por-su-apoyo/11817/view

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l29-1987.html

Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l49-2002.html
« Última modificación: 25 de Septiembre de 2013, 10:39:58 por Wkr »

Wkr

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Re:Crowdfunding y hacienda
« Respuesta #1 en: 25 de Septiembre de 2013, 00:21:19 »
1.- Si mueves el dinero de paypal hacia tu cuenta bancaria, se convierte en transparente, en cambio si utilizas el dinero recibido para comprar cosas mediante paypal no hay problema; no hay ningun intercambio de datos con la aeat.

2.- A partir de la entrada en vigor el año pasado del modelo 171 la cosa ya no es tan fácil. Si en un año natural los ingresos recibidos en paypal en su conjunto superan los 3.000 eur, paypal tiene la obligación de declarte a hacienda (nombre, nif e importe).

3.-  Según Verkami al respecto del IVA aplicable,  los ingresos conseguidos con crowdfunding no tienen ninguna diferencia con los obtenidos de cualquier otro modo. Son considerados ingresos por actividad. Hay que pensar en declaración de iva, y todos los impuestos que corresponda.

Después de analizarlo creo que está es la conclusión. La única sombra de duda que me queda es que si todas las entidades de pago virtual (paypal incluida), tienen un registro en la hacienda española y por tanto cumplimenten el modelo 171 cuando tengamos más de 3.000 eur en ingresos recibidos durante un año natural.
« Última modificación: 25 de Septiembre de 2013, 10:15:44 por Wkr »

Moondraco

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Re:Crowdfunding y hacienda
« Respuesta #2 en: 25 de Septiembre de 2013, 10:00:52 »
Muy interesante el artículo, es algo que conviene tener en cuenta al fijar las metas.

Wkr

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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #3 en: 25 de Septiembre de 2013, 10:27:18 »
Del faq de Verkami.

Fiscalidad, impuestos y crowdfunding
Esta información es sólo a título general y orientativo, para que la puedas facilitar a tu gestor y éste pueda indicarte como proceder de la mejor manera en tu caso concreto (persona física, autónomo, sociedad, asociación, fundación...)

Tanto desde el punto de vista contable como desde una perspectiva fiscal, los ingresos que obtenga el artista habrá que tratarlos como ingresos de la actividad y por lo tanto contabilizarlos dentro del resultado de la explotación.

El rendimiento, diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos necesarios para la realización de la actividad, estará sujeto a tributación en la imposición directa del creador:

IRPF: si el creador obtiene los ingresos como persona física que desarrolla una actividad profesional o artística, declarando en el apartado correspondiente de su declaración sobre la renta el rendimiento obtenido y tributando en la Base Imponible General del Impuesto.

Impuesto sobre sociedades: si el creador obtiene los ingresos como Persona Jurídica (sociedad) tendrá que tributar en su impuesto sobre sociedades al tipo impositivo del 25 o 30% el rendimiento obtenido.

El tratamiento expuesto resulta igualmente de aplicación en el caso que este rendimiento lo obtenga una persona o artista residente fuera del Estado Español, si bien habrá que tener en cuenta la tributación directa de cada país en concreto.

Finalmente indicar que el micromecenas no disfrutará de ningún incentivo fiscal por haber hecho la aportación o donativo al artista debido a que en la normativa estatal referente al mecenazgo, sólo pueden beneficiarse del derecho a deducción las aportaciones o donaciones realizadas a entidades a las cuales pueda aplicarse el régimen especial previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen de incentivos fiscales de las Entidades Sin Ánimo de Lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Fuente: http://www.verkami.com/page/faq
« Última modificación: 27 de Septiembre de 2013, 12:33:03 por Wkr »

entofol

Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #4 en: 25 de Septiembre de 2013, 10:41:15 »
Gracias. Me lo pongo en marcadores para echarle un vistazo más tarde.
Me interesa mucho

Wkr

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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #5 en: 25 de Septiembre de 2013, 10:42:50 »
Sobre una futura Ley del Mecenazgo.

El borrador de la Ley de Mecenazgo podría incluir el crowdfunding
http://www.genbeta.com/actualidad/el-borrador-de-la-ley-de-mecenazgo-podria-incluir-crowdfunding

El Congreso apoya al sector del videojuego y el “crowdfunding”
http://blogs.lainformacion.com/parlamento-y-empresa/2013/06/14/el-congreso-apoya-al-sector-del-videojuego-y-al-crowdfunding/
« Última modificación: 25 de Septiembre de 2013, 10:44:39 por Wkr »

luistechno

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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #6 en: 26 de Septiembre de 2013, 10:27:46 »
Vamos que si saco 10.000, Verkami se lleva 500.
Hacienda se lleva el 25 % de los 9.500.
El pago por cuenta 1,5%.
Si donan por paypal 3,5% mas o menos.
Me parece chungo no sólo ganar algo, sino no perder pasta.
« Última modificación: 26 de Septiembre de 2013, 10:30:15 por luistechno »
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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #7 en: 26 de Septiembre de 2013, 10:35:14 »
El 25% para hacienda es solo si eres una sociedad. Sino, depende de lo que sea, puedes tratarlo como una donación y solo tienes que pagar el impuesto por la donación, que depende de lo recaudado y según esta tabla desde el primer euro: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l29-1987.html#c6

Y verkami cobra el 5% + IVA (y es de los baratos).

Y nos dejamos el IVA de lo que vendas.
« Última modificación: 26 de Septiembre de 2013, 10:37:31 por Wkr »

luistechno

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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #8 en: 26 de Septiembre de 2013, 11:38:18 »
¿el iva de lo que vendas?
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Lev Mishkin

Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #9 en: 26 de Septiembre de 2013, 12:00:55 »
¿te tienes que sacar el carnete de artista?  :o

maltzur

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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #10 en: 26 de Septiembre de 2013, 12:34:11 »
¿el iva de lo que vendas?

Como es una actividad economica basicamente deveras pagar la diferencia entre el Iva devengado( que has vendido) - el Iva que has soportado( las compras para poder vender) .

España es un pais genial para los emprendedores, igualico que el extranjero que durante el primer año sino facturas mucho mucho te dejan en paz de papeleos.
Un abrazo

Maltzur  Baronet

luistechno

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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #11 en: 26 de Septiembre de 2013, 12:58:04 »
¿Y si se pasa de Crowfunding y se hace a través del foro como 21 motines?
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Pedro Soto

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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #12 en: 26 de Septiembre de 2013, 14:15:41 »
Hombre, supongo que te refieras al 21 Motines que hizo Perepau y no al 21 Mutinies que se hizo a través de la plataforma alemana de crowdfunding SpieleSchmiede.

Si es así, puedes hacer un preorder de un juego autoeditado a través del foro, pero es algo que tiene mucho menos alcance. Creo que Perepau tuvo un gran éxito ya que esperaba autoeditar unos 200 ejemplares y coloco en el foro unos 80 en dos días.

Pero hacerlo a través de una plataforma "oficial" tiene muchas ventajas. La plataforma, en este caso Verkami, está bien referenciada en buscadores y el material que pongas de tu juego se situará bien. Además tienen oresencia en redes sociales y te suele ver gente ajena al mundillo y tienen la opción de poder poner actualizaciones del proyecto en forma de blog, de atender preguntas y lo que es más importante de recoger los datos de los clientes y que estos participen poniendo su tarjeta de crédito a traves de plataforma segura.

¿Cómo les cobrarías por anticipado aquí? ¿Y cuando les cobrarías? ¿nada más inscribirse o sólo si llegas a una cantidad mínima de inscritos?

Sobre la fiscalidad, opinaré en otra ocasión porque de momento estoy a ver que pasa.
« Última modificación: 26 de Septiembre de 2013, 14:47:00 por Randast (Pedro Soto) »

luistechno

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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #13 en: 26 de Septiembre de 2013, 16:09:05 »
Perdonad mi enorme ignorancia sonbre el tema, pero me gustaría poner un ejemplo para ver si lo entiendo todo. Imaginemos que mediante verkami recaudo 7.000 euros, y quiero hacer sólo las unidades pedidas, nada de tiendas, ni de quedarme ningún juego.
-De ahi quito comisión verkami 5% + iva= 350+73,5
-Imaginando que todos paguen por tarjeta, el 1,5%= 94,5
-Quedaría 6.482 que llegaría a mi cuenta (que imagino me cobrarán otro 1,5% por la transferencia, pero voy a obviarlo).
-De ahi según la tabla de wkr de impuestos sobre donaciones, entraría en el tramo de 8,5%. Es decir, 550,97 menos a la hora de pagar a hacienda.
-TOTAL me queda 5.931,03 euros neto para la producción del juego.
¿Que me falta? ¿es correcto?
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maltzur

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Re:Crowdfunding y fiscalidad
« Respuesta #14 en: 26 de Septiembre de 2013, 17:09:55 »
Yo entiendo que no , si realizas el proyecto como persona fisica, deberas declarlo en el irpf , como ingreso puntual, si lo realizas como empresa en tu fiscalidad normal, eso si debes declarar el beneficio , una vez has descontado los pagos a los proovedores. La duda que me  asalta  es, los compradores han realizado una donación hacia ti no una compra , se supone que entonces no debes emitir factura , aunque les proporciones un  bien?

Supongo que por aqui iba el tema de wkr sobre el impuesto de las donaciones.  Pero entonces se supone que todo el iva que has gastado en producir la obra cultural en questión te saldra en negativo y eso hacienda te lo tiene que devolver o deducir de proximas actividades , habria que sumarlo


« Última modificación: 26 de Septiembre de 2013, 17:13:05 por maltzur »
Un abrazo

Maltzur  Baronet