Cita de: Kveld en 23 de Mayo de 2019, 14:48:52
Basicamente, la tienda tras comprobar que el comprador no reside en la UE, tiene que rellenar un formulario de la agencia tributaria, generándole un documento con un código de barras que el turista tiene que validar en un terminal DIVA (en aduanas y supongo que en grandes comercios) una vez validado puede pedir la devolución a través de las empresas encargadas para ello o directamente a la tienda.
importante que la devolución siempre se hace al salir de la UE, si se sale de España para ir a otro estado de la UE no se devuelve el IVA desde España, sino desde el punto de salida de la UE.
EL limite de importe creo que ya no esta vigente.
Te iba a dar las gracias pero aquí no hay botón. Nosotros no lo usamos mucho pero está bien saberlo.

