Cita de: maltzur en 22 de Septiembre de 2015, 10:51:49Hay que trabajarselo más, coflorero mío.
Tambien pone esto
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.[/font][/color][/size]
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 35
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.
Y estos 3 artículos se los pasan por el forro cada día. La ley mordaza se folla el primero , la monarquia se repasa el segundo , y las reformas laborales joden al tercero.
Y aún no he visto una hecatombe....
SI cree que alguna ley vulnera alguno de sus derechos fundamentales, que son directamente exigibles, como por ejemplo el artículo 14, puede elevar un recurso de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional, que ahí está.
Sobre el derecho (Y el DEBER) de trabajar, este cae en un título que se rige por el siguiente artículo 53.3 de la CE:
"El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen"
Por cierto la reforma laboral no atenta contra el artículo, otra cosa es que si atente contra SUS opiniones.
Insisto, hay que cumplir la ley, y sino gusta, usar sus procedimientos para cambiarla, de otra forma, cualquiera que esté descontento se la saltaría -todos creemos que tenemos razones legítimas-.