Cita de: freebai en 01 de Agosto de 2017, 20:40:00Cita de: delcampo en 01 de Agosto de 2017, 20:21:29
El número de denuncias falsas es mayor de lo que se dice no por el contubernio femenino-masónico, sino porque lo que se dice son solo aquellas que han sido demostradas como falsas en un juicio. La manipulación consiste en trasmitir el mensaje de que las denuncias falsas son un número ínfimo...
MIENTES.
Sólo quien habla desde la ignorancia puede confundir denuncias falsas con sobreseimientos o archivos. En muchos casos las mujeres abandonan el proceso por miedo, dependencia económica, emocional en la mayoría de los casos, sin que ello signifique que la denuncia fuese falsa.
Así, los datos del Informe de la Fiscalía General del Estado del año 2016 revelan que durante el pasado año 2015 de las 129.292 denuncias que se interpusieron por violencia de género tan solo en un 0,0015% esto es, sólo en dos casos, se ha constatado que la denuncia fuera falsa.
No olvidemos datos como que de las 62 mujeres asesinadas en 2015, sólo 14 de ellas habían denunciado con anterioridad.
NO COMPRENDES NADA
¿Quién está confundiendo sobreseimientos o archivos con denuncias falsas? Verás Freebai, cuando alguien denuncia un maltrato pueden pasar 2 cosas: a) que sea verdad b) que no lo sea. En ambos casos el juicio puede acabar en nada por falta de pruebas. Por lo tanto, eres tú quien confunde, desde la ignorancia, sobreseimientos o archivos con denuncias verdaderas no probadas o abandonadas, tan solo porque no reconoces la posibilidad de que las mujeres denuncien en falso (porque crees que la mujer es un ser angelical) más allá de una cifra que se refiere ÚNICAMENTE a las probadas como falsas, no a las falsas que quedan en nada.
En definitiva, si hay un importante porcentaje de absoluciones, será razonable pensar que en un determinado porcentaje de casos (de los que no se pueden tener datos concretos), se debe a una denuncia falsa donde no ha sido posible demostrar nada. Incluso entre las sentencias condenatorias puede haber denuncias falsas, debido a la ley que otorga al mero testimonio de la víctima el carácter de prueba de cargo suficiente para anular la presuncion de inocencia y condenar, para lo cual tan solo basta cumplir requisitos de verosimilitud y persistencia en la incriminación.
