Ok, muchas gracias Germán
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Cita de: maltzur en 27 de Septiembre de 2013, 13:43:32
Hoy ni si quiera el asesor fiscal de la empresa sabia que decirme. En una donación paga el donante. Por tanto no procede que la tabla que ponia Wkr se aplique. Pero claro si hay un bien como mucho se puede considerar un trueque. Básicamente es un vacio legal que cada gestor resolverá a su manera.
Ingresos tributaran en funcioón del receptor , persona fisica socieda, todo los ivas hay que declararlos y queda el montante de los regalos que habria que mirar si son facturas, trueques o demas. Podemos preguntar a Perepau y Pedro como lo resolverá su gestor.