Solo un apunte. No estamos obligados a tener una cuenta ni para cobrar la nómina ni para la renta. Se puede cobrar mediante cheques,( solo hay que pedirlo en la empresa en la que trabajes ) y la devolución de la renta también se puede devolver en efectivo o por talón.
De los cheques también cobran buena comisión, así que lo mejor en efectivo. Ni tampoco estamos obligados a domiciliar los recibos, según tengo entendido.
Ojo, y las comisiones que cobran por pagar por PAYPAL a tiendas extranjeras??...No se a vosotros, pero a mi en BANKIA por pagar un juego (DUNE, por fin!!!) comprado en EBAY mediante paypal a los USA me han metido a traición un 2% que hasta ahora no me lo metían.Consultado el banco me dicen que se había comunicado, en una cartas de esas farragosas e incomprensibles que mandan a veces, en abril, pero que no se había materializado hasta ahora.En fin, tendre que cambiar la tarjeta asociada a PAYPAL...La madre que los parió, y aun alguno los defiende. Hacia falta un buen Robespierre aquí...