Pues eso, parece que eso de "emprendimiento" y esas cosas, son sólo palabras banas. En cuanto pueden, a meter la tijera. A ver si alguien va a tener una buena idea, y se les va a acabar parte del chollo En fin:http://www.elconfidencial.com/tecnologia/2014-02-28/el-gobierno-limita-el-crowdfunding-un-millon-maximo-con-aportaciones-de-3-000_94989/Máximo una aportación de 3000€ (esto no limita mucho), pero como máximo la financiación podrá alcanzar 1 millón de euros. Limitar la financiación para que la gente emprenda... en fin.
El Ministerio de Economía establece límites a las aportaciones de los proyectos de manera que ningún inversor pueda invertir más de 3.000 euros en el mismo programa o más de 6.000 euros en varios programas a lo largo de un periodo de 12 meses.
¿Y lo importante no sería regular que no sean timos? Digo yo...
Citar El Ministerio de Economía establece límites a las aportaciones de los proyectos de manera que ningún inversor pueda invertir más de 3.000 euros en el mismo programa o más de 6.000 euros en varios programas a lo largo de un periodo de 12 meses.Es cierto que en el mundo de los jeugos de mesa estos números parecen bobadas, pero teniendo en cuenta que el crowdfunding admite cualquier tipo de proyecto, el limite de "6000€ en un año" sí peud esser un problema para según qué cosas.Mi pregunta, realmente es, ¿Por qué?
Es cierto que en el mundo de los jeugos de mesa estos números parecen bobadas, pero teniendo en cuenta que el crowdfunding admite cualquier tipo de proyecto, el limite de "6000€ en un año" sí peud esser un problema para según qué cosas.Mi pregunta, realmente es, ¿Por qué?
Los promotores de los proyectos deberán estar válidamente constituidos en España. En el caso de programas de financiación vía préstamos, los promotores que actúen como personas físicas deberán tener su residencia fiscal en España. Los préstamos concedidos a través de las nuevas plataformas no podrán incorporar garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual del promotor o los socios del promotor.
Las nuevas plataformas deberán tener un capital social igual o superior a 50.000 euros o, en su defecto, disponer de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura anual de 150.000 euros anuales.
Por lo que leo en el artículo posteado, de momento es tan solo una propuesta. Entre que lo admiten a trámite, se trabaja en la comisión, se vota y se pone en vigor, cabe la posibilidad de que las cifras hayan variado bastante.Sobre las cifras no opino, no sé realmente si deben o no variarse (aunque, así a primera vista, el récord en España hasta ahora lo tiene un proyecto que ha recaudado 600.000 chuflos... bastante lejos del millón que pone ahí).Pero que el crowdfunding debe regularse de alguna forma es totalmente lógico, imperativo y... es más... ya tardaban. No puede ser que el backer esté completamente desprotegido, de eso sí que puedo opinar. No puede ser que cada vez que hagas de mecenas por un proyecto sea como jugar a la ruleta. Eso sí que puede matar al crowdfunding. Eso no es limitar al emprendedor. Es, de hecho, impedir que sea la ley de la selva y evitar que de repente a un maníaco le de por quemar libros que se ha autoeditado*, o que a una empresa de clon-miniaturas le dé por calcar el juego de otro, por citar dos ejemplos al azar. La ley está para regular las cosas y me parece lo más natural del mundo. No creo que eso impida que siga habiendo "crumfundins".* véase http://labsk.net/index.php?topic=116395.msg1236565#msg1236565
Pues digo yo que porque a los bancos no les interesa que la gente se financie proyectos sin antes asomarse por su sucursal y suplicar por un crédito que seguramente ni te concedan.