Al menos espero que haya quedado claro que no hay obligación jurídica de conocimiento del catalán en Cataluña, como si la hay del castellano.
Cita de: Lycaon en 04 de Marzo de 2016, 12:58:51 Al menos espero que haya quedado claro que no hay obligación jurídica de conocimiento del catalán en Cataluña, como si la hay del castellano.Nada claro.
Por favor, Rors, ¿nos abstenemos de hacer descalificaciones y valoraciones de otros usuarios fuera de luegar?. Cuando corrijo a Pensator diciendo que el TC no forma parte del poder judicial, no le llamo mentiroso y manipulador, simplemente matizo lo que está diciendo. Creo que es importante que las cosas estén claras, y el TC no forma parte del poder judicial, por su propia naturaleza.Por otra parte, Rors, me hace gracia que me des lecciones de derecho alguien que afirma que habla desde el total desconocimiento de las leyes. No me había pasado nunca. Esto sí que es una novedad.
Cita de: Robert Blake en 04 de Marzo de 2016, 13:14:30 Cita de: Lycaon en 04 de Marzo de 2016, 12:58:51 Al menos espero que haya quedado claro que no hay obligación jurídica de conocimiento del catalán en Cataluña, como si la hay del castellano.Nada claro.Hombre, yo creo que sí. Ésta es la interpretación que da el TC al 6.2 para que pueda ser constitucional: "El deber de conocimiento de la lengua catalana no puede ser entendido como obligación jurídicamente exigible con carácter generalizado".Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Sentencia_del_Tribunal_Constitucional_sobre_el_Estatuto_de_Autonom%C3%ADa_de_Catalu%C3%B1a_de_2006
Lycaon, ¿para que está el TC?
Cita de: Rorscharch en 04 de Marzo de 2016, 13:36:14 Lycaon, ¿para que está el TC?A veces me da la sensación que el TC y el castellano solo están para una cosa: para someter a los catalanes.Otro tema; pregunta: ¿qué pasará con los habitantes en cataluña que quieran hacer una resistencia pacífica a las entidades gubernamentales catalanas de la futura Catalaña Independiente?Todavía está pendiente lo que sugerí sobre debatir de los 'bailes regionales' y su inclusión en el curriculo escolar de otras áreas geográficas...
Cita de: Lycaon en 04 de Marzo de 2016, 12:58:51 Al menos espero que haya quedado claro que no hay obligación jurídica de conocimiento del catalán en Cataluña, como si la hay del castellano.No es cierto que haya obligación jurídica de conocer el castellano en ningún lado. En la Constitución pone que todos tienen el deber de conocerlo, pero ese artículo no está desarrollado en ningún reglamento ni ley y por tanto no tiene aplicación práctica.Es lo mismo que la Ley de Huelga que la Constitución reconoce, pero que jamás se ha llevado a efecto. Te aseguro por más que manipules, que en España a nadie le pueden detener por no conocer el castellano, ni siquiera poner una multa.Y todavía te digo más. Incluso conozco casos de inmigrantes que no tienen ni idea de castellano que han hecho requerimientos jurídicos a la administración estatal y se les ha proporcionado intérpretes y ayudas para hacerlo.No manipules más por favor.
Artículo 14. Garantías de identificación.1. A cada principio activo le será atribuida una denominación oficial española (D.O.E.) por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. La denominación oficial española será de uso obligatorio, sin perjuicio de que pueda expresarse, además, en las correspondientes lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
Artículo 15. Garantías de información.1. El Ministerio de Sanidad y Consumo regulará los aspectos relativos a las garantías de información: características, extensión, pormenores y lugares donde deba figurar. En todo caso, para la elaboración de esta información sobre el medicamento, su titular proporcionará información escrita suficiente sobre su identificación, indicaciones y precauciones a observar en su empleo. Esta información se presentará, al menos, en la lengua española oficial del Estado y con ella se elaborará la ficha técnica, el prospecto y el etiquetado.
Artículo 31. Garantías de información.1. Los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo regularán los aspectos relativos a las garantías de información: características, extensión, pormenores y lugares donde deba figurar. En todo caso, para la elaboración de esta información sobre el medicamento veterinario, su titular proporcionará información escrita suficiente sobre su identificación, indicaciones y precauciones a observar en su empleo. Esta información se presentará, al menos, en la lengua española oficial del Estado y con ella se elaborará la ficha técnica, el prospecto y el etiquetado.
Artículo 37. Prescripción de medicamentos veterinarios.5. La receta veterinaria será válida en todo el territorio nacional y se editará en la lengua oficial del Estado y en las respectivas lenguas cooficiales en las Comunidades Autónomas que dispongan de ella. Reglamentariamente se establecerán los datos que deban constar en la receta veterinaria.
Artículo 77. La receta médica y la prescripción hospitalaria.3. La receta médica será válida en todo el territorio nacional y se editará en la lengua oficial del Estado y en las respectivas lenguas cooficiales en las Comunidades Autónomas que dispongan de ella.
Todavía está pendiente lo que sugerí sobre debatir de los 'bailes regionales' y su inclusión en el curriculo escolar de otras áreas geográficas...
Pero entonces al final existe el deber de conocer catalán o no?Pongo aquí un par de cosas desrelacionadas, sólo por si a alguien interesan:Un vídeo que rula hoy por las redes sociales del valencianismo no secesionista al que probablemente critiquéis el enfoque histórico:Una polémica que da vueltas también esta semana por las RRSS. Pongo un enlace pero hay miles y puede fácilmente encontrarse el change.org para los que queráis firmar contra los nazionalismos paletos y tal:http://www.valenciaplaza.com/profesores-de-la-uv-piden-que-se-elimine-el-requisito-del-c1-en-valenciano-para-nuevas-contrataciones-y-ascensosCita de: Lopez de la Osa en 04 de Marzo de 2016, 14:02:59 Todavía está pendiente lo que sugerí sobre debatir de los 'bailes regionales' y su inclusión en el curriculo escolar de otras áreas geográficas...Puedes explicarte más? Quizá me perdí la sugerencia original.
Cita de: tinocasals en 04 de Marzo de 2016, 21:13:25 Pero entonces al final existe el deber de conocer catalán o no?Pongo aquí un par de cosas desrelacionadas, sólo por si a alguien interesan:Un vídeo que rula hoy por las redes sociales del valencianismo no secesionista al que probablemente critiquéis el enfoque histórico:Una polémica que da vueltas también esta semana por las RRSS. Pongo un enlace pero hay miles y puede fácilmente encontrarse el change.org para los que queráis firmar contra los nazionalismos paletos y tal:http://www.valenciaplaza.com/profesores-de-la-uv-piden-que-se-elimine-el-requisito-del-c1-en-valenciano-para-nuevas-contrataciones-y-ascensosCita de: Lopez de la Osa en 04 de Marzo de 2016, 14:02:59 Todavía está pendiente lo que sugerí sobre debatir de los 'bailes regionales' y su inclusión en el curriculo escolar de otras áreas geográficas...Puedes explicarte más? Quizá me perdí la sugerencia original.Nah, está claro que del Cid no dicen nada. Y eso que era catalán ( ) y trabajaba para el rey árabe de Zaragoza.Edito: por su puesto la Corona de Castilla no estaba formada por muchos reinos....el nombre de "Corona" era para copiar a la de Aragón . La verdad es que me rio más con estos vídeos...Espera, que todavía hay más! Los reyes Católicos "se unieron en una misma dinastía", como no eran de la misma dinastía...Y la cosa sigueeeee. Que Felipe V no fue coronado rey en 1700. Ya claro. https://es.wikipedia.org/wiki/Cortes_de_Barcelona_(1701)Y vengaaaa, el estatuto de autonomía de Galicia de la Segunda República. La risa oiga! https://es.wikipedia.org/wiki/Proyecto_de_Estatuto_de_Autonom%C3%ADa_de_Galicia_de_1936